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miércoles, 25 de septiembre de 2024

la seguridad social bonifica hasta un 50% de la cuota de un empleado si cumple estas condiciones

Desde este medio os informamos de todas las ayudas relacionadas con pymes y autónomos, en esta ocasión es la Seguridad Social la que ha publicado una guía en la que aparecen los incentivos y bonificaciones a las que pueden acceder tanto los autónomos con empleados como los negocios. Contar con un apoyo económico, justo cuando los costes laborales no dejan de crecer es una buena noticia. Son muchas las pequeñas empresas que desconocen que pueden bonificar parte de las cotizaciones sociales que pagan a sus empleados a la Seguridad Social. Para que estas ayudas se den dependerá del tipo de contrato o del colectivo al que pertenezcan los empleados. En algunos casos puede suponer el 50% de la cuota mensual a cargo de la empresa. Vamos a ver los casos en los que sí se puede acceder a estas bonificaciones. 3.000 euros para que los autónomos y pequeñas empresas accedan al Bono de Conectividad: el 10 de septiembre puedes enviar la solicitud En Pymes y Autonomos En el caso de personas con discapacidad y colectivos considerados excluidos sociales, las mujeres víctimas de violencia de género o parados de larga duración, de empleados contratados para sustituir a otros de baja, o por el hecho de transformar un contrato fijo-discontinuo en fijo, las reducciones en las cotizaciones por cada empleado pueden suponer la mitad de la cuota mensual, como ya hemos comentado. Incentivos a la contratación indefinida inicial En este caso hablamos de personas con discapacidad igual o superior al 33% o incapacidad permanente. Veamos la bonificación en cada caso: Parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual Hombre menor de 45 años: 425 euros al mes de bonificación. Mujer menor de 45 años: 495,83 euros al mes de bonificación. Hombre o mujer con más de 45 años: 525 euros al mes. Resto de personas con discapacidad Hombre menor de 45 años: 375 euros al mes de bonificación. Mujer menor de 45 años: 445, 83 euros al mes de bonificación. Hombre o mujer con más de 45 años: 475 euros al mes. Personas con discapacidad intelectual límite Contratar a personas con discapacidad intelectual límite implica una reducción de 128 euros mensuales en la cuota que pagan a la Seguridad Social los negocios. Es decir, 1.536 euros al año durante cuatro. Personas excluidas sociales En el caso de contratar a personas pertenecientes al colectivo de excluidos sociales, pueden acceder a diversas bonificaciones e incentivos a su contratación indefinida se incrementa de los 55 euros al mes hasta los 128 euros al mes. Víctimas de violencia Tanto autónomos como negocios que contraten a personas que hayan sufrido violencia pueden optar por una bonificación de 128 euros mensuales en las cuotas de la Seguridad Social durante cuatro años. Parados de larga duración Las personas que hayan estado inscritos en la Oficina de Empleo durante 12 de los últimos 18 meses, es decir, los parados de larga duración, cuentan con una reducción en sus cuotas para la contratación indefinida. Variará en función de su sexo, edad, su cuantía y duración. Hombre menor o igual a45 años, 110 euros al mes durante tres años. Mujer menor o igual a 45 años, 128 euros al mes durante tres años. Mayor de 45 años, 128 euros al mes durante tres años. El Gobierno aumenta las ayudas del Kit Digital a las Pymes, y te puedes beneficiar de la subida incluso si ya las has recibido En Pymes y Autonomos El Gobierno aumenta las ayudas del Kit Digital a las Pymes, y te puedes beneficiar de la subida incluso si ya las has recibido Incentivos al transformar contratos temporales en indefinidos En este caso, la transformación de un contrato fijo-discontinuo: Hombres: reducción de 55 euros al mes, o 660 euros anuales durante dos años. Mujeres: 73 euros al mes, u 876 euros al año durante un máximo de dos años. Si el contrato se transforma en indefinido siendo de relevo, un autónomo con asalariados puede optar a la misma bonificación, pero con un máximo de tres años.

jueves, 19 de septiembre de 2024

FIRMADO LA REFORMA DE PENSIONES 2024.PRINCIPALES NOVEDADES

Se ofrecerán más incentivos para retrasar la jubilación La principal medida para prolongar la vida laboral de las personas trabajadoras consiste en mejorar los incentivos existentes para la jubilación demorada. Estos incentivos podrían, además, ser compatibles con la jubilación activa, permitiendo que el trabajador continúe en su empleo mientras cobra un porcentaje de su pensión. Aquellos que opten por la jubilación demorada podrán incrementar su pensión un 4% anual. A partir del segundo año, se añadirá un beneficio adicional: un complemento económico semestral del 2% cada seis meses. Se flexibilizará la jubilación activa Para acceder a la jubilación activa no será necesario haber completado una carrera de cotización completa. Es decir, no será necesario haber generado el derecho a cobrar el 100% de la pensión, lo que beneficiará especialmente a las mujeres, ya que suelen tener trayectorias laborales más irregulares. Por otra parte, se mantiene el requisito de trabajar un año completo tras alcanzar la edad de jubilación sin cobrar ninguna parte de la pensión. Sin embargo, después de esos 12 meses, los porcentajes de pensión que se pueden cobrar mientras se sigue trabajando aumentarán progresivamente. Para los asalariados y autónomos sin empleados a cargo, que hasta ahora solo podían cobrar el 50% de la pensión si continuaban trabajando, el porcentaje será del 45% el primer año, subiendo al 55% el segundo año, con incrementos de 10 puntos porcentuales anuales hasta alcanzar el 100%. En el caso de autónomos con personas empleadas, si estas tienen una antigüedad de 18 meses o firman un contrato indefinido con una de esas personas, podrán compatibilizar el 75% de su pensión y continuar trabajando. Este porcentaje aumentará en cinco puntos por cada año que pospongan su retiro, hasta llegar al 100%. Se introducirán cambios en la jubilación parcial Se prevé que las personas trabajadoras puedan reducir su jornada sin que su pensión se vea afectada al alcanzar la edad de jubilación. La reducción de jornada podrá ser compensada con una persona trabajadora con contrato de relevo o no. Otra novedad importante es que la persona trabajadora relevista deberá tener un contrato indefinido y a jornada completa. Además, se permitirá a las personas trabajadoras con jubilación parcial acumular la jornada si así lo acuerdan con la empresa. Se involucrarán las mutuas en tratamientos sanitarios El acuerdo también busca permitir que los médicos de atención primaria de los servicios públicos de salud de las comunidades autónomas puedan derivar a las mutuas las pruebas diagnósticas y la rehabilitación de personas trabajadoras con bajas causadas por enfermedades traumatológicas. Esta derivación a las mutuas se podrá realizar cuando el tiempo de baja supere el período recomendado. Eso sí, será necesario contar con el consentimiento informado del paciente, que podrá revocarlo cuando quiera. La jubilación podrá adelantarse en trabajos tóxicos o peligrosos Otra clave de la reforma responde a las demandas de algunos colectivos que solicitan la jubilación anticipada sin penalización para actividades penosas, tóxicas o peligrosas. En este caso, se establecerá un procedimiento estándar, en lugar de las negociaciones sector por sector que se realizaban hasta ahora. Este procedimiento evaluará tres indicadores objetivos: • La incidencia de bajas laborales. • Los sucesos graves que resulten en fallecimientos o incapacidades permanentes. • La duración media de los procesos de baja. Se producirán cambios en la cotización de trabajadores fijos discontinuos Se ha incorporado también un cambio en la cotización de los fijos discontinuos: su periodo de cotización se calculará con un coeficiente multiplicador del 1,5 a efectos de acceder a la jubilación, incapacidad permanente y pensiones de viudedad u orfandad. Este cambio supone que la cotización de los fijos discontinuos de un periodo, por ejemplo, 6 meses, equivalga a 9 meses para tener derecho de acceso a las prestaciones.

 
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