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viernes, 25 de agosto de 2023

Requisitos para cobrar el subsidio por desempleo para mayores de 52 años si eres autónomo

El subsidio para mayores de 52 años se destina a personas que se encuentran en situación de desempleo y no tienen derecho a la prestación por desempleo. Esta ayuda está disponible tanto para trabajadores por cuenta ajena como para trabajadores por cuenta propia. Los autónomos mayores de 52 años sólo pueden cobrar esta ayuda si cumplen estos requisitos: Demostrar haber cotizado por desempleo durante al menos seis años. Tener 52 años o más en el momento de acceder a este subsidio. Estar en situación de desempleo y dado de alta como demandante de empleo con un mes de antigüedad. No superar la renta mensual en un 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Contar con 15 años de cotización. De estos, dos años deberán ser inmediatamente anteriores a la petición de ayuda económica. Firmar el compromiso de actividad. Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) indican que, para poder acceder al subsidio para mayores de 52 años, es necesario que el autónomo no haya accedido a la prestación por cese de actividad.

martes, 22 de agosto de 2023

Autónomo, el uno de septiembre puedes cambiar tu base de cotización

El próximo uno de septiembre, los autónomos pueden cambiar su base de cotización. La base de cotización se realiza mediante el pago de la cuota de autónomo. Y esta dependerá, en cada caso, de la base de cotización que elija. Desde enero de 2023, un trabajador por cuenta propia puede elegir entre 15 tramos (fijados por sus ingresos reales) que tendrán una base mínima y máxima de cotización. La base de cotización sirve para valorar el acceso a las prestaciones de la Seguridad Social, como la prestación por desempleo, el paro, las pensiones contributivas, como la pensión de jubilación la pensión por incapacidad. Si se cotiza por la base mínima, el importe del subsidio a cobrar por el autónomo va a ser inferior que si lo hace por un valor más elevado. Es una fórmula fácil y sencilla, pero en ocasiones, dependiendo de las circunstancias personales, el autónomo cotiza por la base mínima por no poder hacer frente a la cuota de autónomo mensual. Ser autónomo y tener un trabajo: La pluriactividad con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales Solicitud cambio bases de cotización Los trabajadores por cuenta propia pueden cambiar su base de cotización hasta seis veces al año, en las siguientes fechas: 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero. 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril. 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio. 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto. 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre. 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre. La solicitud de cambio de base puede realizarse en el servicio Base de cotización y rendimientos disponible en el Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social o en el Sistema RED. Junto con la solicitud de cambio de base se deberán declarar los rendimientos netos mensuales esperados.

Cómo tributan en el IRPF las distintas ayudas y subvenciones para autónomos

El autónomo está siempre vigilante de las ayudas y subvenciones a las que se pueda acoger, pero debe ser cauto y tener en cuenta que el importe que va a recibir finalmente, no siempre va a ser el total reflejado en la subvención, ya que lo habitual es que tenga que pagar un porcentaje de IRPF en la declaración de la renta al recibirlas. Todas las ayudas y subvenciones que reciben los autónomos, al margen de su naturaleza, están sujetas a pagar IRPF por ellas. Según Hacienda es un hecho imponible y la persona que la recibe es el sujeto pasivo del impuesto y, por tanto, tributar en el IRPF. Por esto, cuando toca hacer la declaración de la renta, los autónomos deben introducir todas las ayudas, eso sí, teniendo en cuenta que una ayuda puede estar sujeta pero exenta, total o parcialmente, del IRPF. En caso de estar exenta se tiene que decir expresamente en la normativa que regule la ayuda. Subvenciones corrientes o de capital De forma general, las subvenciones podemos clasificarlas en dos tipos: Subvención de gasto corriente Son las subvenciones cuyo destino final es contribuir a cubrir gastos específicos de los autónomos, como pueda ser un dinero recibido para pagar la cuota de autónomo, ingresos para sufragar los intereses de un préstamo, una ayuda para gastos de formación o gastos de los servicios de un profesional, o aquellas dirigidas a compensar pérdidas recibidas por una crisis. Este tipo de subvención debe incluirse como ingresos de la actividad económica en el IRPF. Subvención de capital Se trata de las subvenciones dirigidas a realizar una inversión de equipamiento, compra de maquinaria, equipamiento informático, etc. En este tipo de subvenciones se integrará como ingresos de la actividad económica en el IRPF, a medida que se amortiza el bien. Esto es, si por ejemplo, el bien que se ha invertido se amortiza en 4 años, incluiremos en cada año el 25% de la subvención en el IRPF. Estas son las nuevas ayudas y subvenciones para pymes en 2023 Pago único de la prestación de desempleo El pago único por desempleo es la ayuda más habitual que solicitan los nuevos autónomos, solicitando lo que les quede por cobrar de paro para invertir en un nuevo negocio o para pagar las cuotas de la Seguridad Social. Esta ayuda, como el resto está sujeta al IRPF, pero está exenta siempre que la actividad del autónomo se mantenga durante 5 años. Tarifa plana y reducciones de la cuota de autónomo La más común es la tarifa plana de autónomo. Aquí hay que diferenciar una serie de conceptos para entenderlo: La tarifa plana y cualquier ayudas destinadas a reducir la cuota de autónomos puesta en práctica por la Seguridad Social no tributan en el IRPF. En realidad no son una ayuda que reciba el autónomo, sino que la Seguridad Social decide cobrarle menos, por pertenecer a cierto colectivo - jóvenes, mujeres, nuevo autónomo, etc - aplicando una reducción a la cuota de autónomo a pagar. Caso distinto son las ayudas que dan las Comunidades Autónomas o Ayuntamiento, que no la Seguridad Social, dirigidas a que el autónomo no pague cuota de autónomo durante determinado periodo de tiempo, tales como la cuota cero. Este tipo de ayuda en realidad el autónomo paga la cuota, pero recibe un dinero para que el efecto sea cero. En este caso, se trata de una subvención de gasto corriente y tendrá que introducirse como ingreso de la actividad económica en la declaración de la renta. Ayudas y prestaciones del autónomo Las prestaciones personales que recibe el autónomo, tales como las prestaciones por desempleo, jubilación, incapacidad temporal o viudedad se incluirán en la renta como rendimientos del trabajo. La lógica de esto, es que no están vinculados directamente a la actividad empresarial del autónomo, sino a su perfil como cotizante dentro de la Seguridad Social. Igualmente, existen prestaciones que aunque están sujetas al IRPF están exentas, tales como la prestaciones por maternidad o paternidad o las prestaciones por incapacidad permanente o absoluta. Autónomo: ¿sabes cómo se declara fiscalmente el Kit digital? Ayudas personales del autónomo Hasta ahora estamos hablando de ayudas relacionadas con la actividad empresarial del autónomo, pero existen ayudas en el ámbito personal, que si no están exentas, también se declaran en el IRPF. En este caso, podemos estar ante ayudas que haya recibido el autónomo para pagar el alquiler de su vivienda, un cheque guardería, becas, ayudas para la compra de material escolar, ayudas como del PIVE, debiendo valorarse si incluirlas como rendimiento del trabajo o ganancia patrimonial.

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