
La sala de lo Social del Tribunal Supremo estima un recurso de Bankia contra
la sentencia que obligó a establecer un sistema de registro en la empresa (Sentencia Social Nº 207/2015, AN, Sala de lo Social, Sec. 1,
Rec 301/2015, 04-12-2015). Para el Alto Tribunal las empresas no
están obligadas, al menos hasta el momento, a llevar un registro horario, indicando
que los tribunales no pueden «suplir al legislador imponiendo el
establecimiento de un complicado sistema, mediante una condena genérica que
obligará, necesariamente, a negociar con los sindicatos el sistema a implantar,
por cuanto no se trata, simplemente, de registrar la entrada y salida, sino el
desarrollo de la jornada efectiva de trabajo con las múltiples variantes...