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miércoles, 12 de noviembre de 2025

El 14 de noviembre de 2025 vence el plazo para que empleadores del hogar cumplan con la obligación de evaluar los riesgos laborales

El 14 de noviembre es la fecha límite para que las personas empleadoras evalúen los riesgos laborales de las trabajadoras del hogar utilizando la herramienta desarrollada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social a través de la plataforma Prevencion10.es. Así se desprende de lo dispuesto en la Disposición Adicional 1.ª del Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, que establece un plazo de seis meses desde la publicación de la herramienta (la cual se considera publicada con efectos de 14 de mayo de 2025) para cumplir con la obligación de evaluación de riesgos. Por tanto, el plazo para tener realizada la evaluación de riesgos laborales finaliza el 14 de noviembre de 2025. La falta de realización o actualización de la evaluación, conforme a lo exigido por la nueva normativa, podrá ser motivo de sanción. Una obligación ineludible y sancionable La normativa especifica que la evaluación de riesgos laborales en el servicio del hogar familiar afectará a todas las personas empleadoras particulares, con independencia del número de trabajadores a su cargo, debiendo identificar, prevenir y manejar los riesgos que puedan afectar a la seguridad y la salud de los empleados y empleadas del hogar. No llevar a cabo la evaluación en el plazo estipulado, así como la falta de actualización, podrá acarrear sanciones, en aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Cabe recordar que la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales reconoce específicamente desde septiembre de 2022 el derecho del personal del hogar a la protección en materia de seguridad y salud en el trabajo, equiparando sus derechos a los del resto de trabajadores. Corresponde al Real Decreto 893/2024 el desarrollo reglamentario de ese derecho, fijando la obligación de realizar una evaluación inicial de riesgos, generar un plan de prevención, adoptar las correspondientes medidas y acreditar por escrito la fecha de implantación de tales medidas. Prevencion10 Para facilitar la tarea a los empleadores particulares, el Ministerio de Trabajo y el INSST han desarrollado una “herramienta de prevención para el empleo en el hogar”, alojada en la web Prevencion10.es. Este sistema, de acceso gratuito y sin requisitos técnicos previos, permite gestionar de forma sencilla la prevención de riesgos laborales en el ámbito doméstico. De este modo, los empleadores podrán generar un documento que recoja los resultados de la evaluación, una relación de las medidas preventivas a implantar y material informativo que debe facilitarse a los empleados. El procedimiento es sencillo: el sistema solicita al empleador datos sobre el domicilio y las tareas habituales en el hogar, identifica los posibles riesgos —caídas, cortes, exposición a productos químicos, manipulación de cargas, entre otros— y recomienda qué medidas adoptar. Además, permite documentar la fecha en la que cada medida fue implementada y realizar el seguimiento de las acciones preventivas. La normativa exige que tanto el empleador como la persona trabajadora reciban copia de la evaluación y la adopción de medidas, para poder acreditar en cualquier momento el cumplimiento legal. Consecuencias del incumplimiento y garantía de protección Aunque el Real Decreto 893/2024 no incorpora un régimen sancionador autónomo, el incumplimiento de la obligación de evaluar los riesgos laborales y adoptar medidas preventivas puede derivar en sanciones previstas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, aplicables al ámbito del hogar. La Administración ya ha anunciado su intención de fiscalizar este cumplimiento, advirtiendo de posibles consecuencias legales para aquellos empleadores que ignoren estos requerimientos. La protección de la seguridad y la salud de los empleados y empleadas del hogar se consolida como derecho fundamental, eliminando la diferencia histórica respecto del resto de sectores laborales, tradicionalmente más avanzados en materia de prevención.

martes, 14 de octubre de 2025

LA SUBIDA QUE PROPONE EL GOBIERNO PARA LOS AUTÓNOMOS PARA 2026-2028

EL GOBIERNO, A TRAVES DE SUS ENCUENTROS (Ya es el segundo despues del verano) PREVEE UNA SUBIDA PARA LOS AUTONOMOS, QUE SUPONDRÁ UN INCREMENTO MINIMO DE 10€/MES HASTA 200€/MES, SEGUN LOS CASOS.- LA PROPUESTA PLANTEA UN INCREMENTO EN LAS BASES MINIMAS DURANTE LOS TRES PRÓXIMOS AÑOS. AQUELLOS AUTONOMOS QUINENES DECLAREN RENDIMIENTOS DE MAS DE 71O€, SUOPONDRÁ UNA SUBIDA QUE LLEGARA SU PAGO MENSUAL HASTA LOS 217€/MES,A AQUELLOS CON INGRESOS SUPERIORES A 6M€/MES DE 796€/MES. PARA ELLO, CREARÁ DOS TABLAS DE BASES DE COTIZACION., UNA DENOMINADA GENERAL Y OTRA DENOMINADA REDUCIDA. LA TABLA GENERAL, ESTARÁ COMPUESTA POR 12 TRAMOS Y SE APLICARÁ A AQUELLOS QUE SUS INGRESOS SUPERAN EL SALARIO MÍNIMO INERPROFESIONAL(SMI), LA TABLA REDUCIDA, PARA AQUELLOS QUE TENGAN RENDIMIENTOS INFERIORES O IGUALES A 670€/MES, PAAGARÁN 217,37€/MES, FRENTE A LOS 200€/MES EN LA ACTUALIDAD.- AQUELLOS AUTONOMOS QUE SUPERREN EL SMI, ES DECIR, RENDIMIENTOS SUPERIORES A 1.166,70€/MES, LA CUOTA MÍNMA SERA DE 302€/MES, FRENTE A LOS 291€ HASTA AHORA. DICHA SUBIDA SERA PROGRESIVA Y PODRA ALCANZAR HASTA 796,24€/MES.- POR TORO LADO, LA PRESTACION DENOMINADA "CESE POR ACTIVIDAD", TAMBIEN SERÁ MODIFICADA EN FUCNION A LAS TABLAS INDICADAS ANTERIORMENTE.-

martes, 16 de septiembre de 2025

Malas noticias para autónomos y empresas: emitir facturas será imposible sin este programa a partir de esta fecha

El próximo año traerá cambios para los trabajadores autónomos, especialmente en lo referente a la emisión de facturas. Será el próximo 1 de enero cuando entre en vigor Verifactu, el nuevo sistema de facturación electrónica mediante el cual deberán enviar las facturas a la AEAT. Una normativa cuyo fin principal no es otro que prevenir el fraude fiscal. A su vez, la normativa está amparada por la Ley 18/2022 de 28 de septiembre (Ley Crea y Crece), la cual establece que solo se permitirá el uso de sistemas de facturación electrónica homologados. Además, todas las empresas deberán contar con sistemas adaptados a Verifactu. En un vídeo, se explicó que cada factura se enviará a Hacienda “en tiempo real” y que todas las facturas deberán pasar por este sistema, independientemente de si el remitente es autónomo, pyme o gran empresa. Otro aspecto a tener en cuenta es que las facturas deberán estar dotadas de un código QR. Con ello, expuso la experta que se busca que “no se puedan modificar las facturas” y reducir los fraudes fiscales. También reveló las consecuencias de no hacerlo correctamente, como estar expuesto a sanciones graves. Plazos para adaptar el software Empresas y sociedades tendrán hasta el 1 de enero de 2026 para adaptar su software a Verifactu. Los trabajadores autónomos y el resto de obligados, tendrán un plazo adicional que se extiende hasta el 1 de julio de 2026. Además, para cumplir con este nuevo sistema, los autónomos tendrán dos opciones. La primera de ellas, la utilización de un sistema informático de facturación compatible con la normativa de la AEAT, con la necesidad de elegir un software de facturación que cumpla con los requisitos de Verifactu. Por su parte, la segunda opción, pasa por usar la aplicación desarrollada por Hacienda.

viernes, 4 de julio de 2025

Las amistades peligrosas para Hacienda: prestar más de 6.000 euros a un amigo o familiar tiene multa

Las inspecciones de Hacienda afectan a todos los ámbitos, incluso a las transferencias entre familiares o amigos. Parece un tema sin importancia si pensamos en cantidades pequeñas de dinero, sin embargo, esta actividad puede derivar en un sanciones económicas. El blanqueo de capitales es uno de los objetivos de la Agencia Tributaria, y su prevención la recoge la Ley 10/2010. El límite establecido fue de 10.000 euros para operaciones bancarias sin necesidad de justificación adicional, pero cuando esas transacciones son entre familiares, el límite es de 6.000 euros. Las transferencias entre familiares y amigos y los pagos por Bizum están a la orden del día, ya es algo común, por esta razón, Hacienda ha puesto el foco en ese tipo de transacciones y así evitar ilegalidades. Es conveniente conocer las cantidades que se emiten en las transferencias y tener claro los límites para así evitar multas, como recogen desde Autónomos y Emprendedores. Se confirma el nuevo objetivo de Hacienda: embargará las criptomonedas de los contribuyentes con deudas Cuidado con las transferencias entre familiares, Hacienda está al tanto Si Hacienda presta atención a las transferencias bancarias entre familiares o amigos es para prevenir posibles evasiones fiscales en forma de donaciones encubiertas. Si superamos la cantidad de 6.000 euros, la Agencia Tributaria podría perfectamente solicitar información sobre el origen y el propósito de ese dinero. El Banco de España, Hacienda y las entidades bancarias colaboran para evitar actividades ilícitas sin importar quiénes realicen estas operaciones, ya sean familiares o amigos. Se confirma la nueva zancadilla para los autónomos: no podrán deducirse ningún gasto si no entran ingresos En Pymes y Autonomos Se confirma la nueva zancadilla para los autónomos: no podrán deducirse ningún gasto si no entran ingresos Cuando declarar a Hacienda las transferencias entre amigos o familiares Como ya sabemos, el límite para hacer transferencias entre familiares y amigos no podrá superar los 6.000 euros. Pero hacienda podrá investigar cobros a partir de los 3.000 euros. En el caso de una transacción entre familiares y amigos hablamos de un préstamo o donación por lo que las personas están obligadas a informar a la Agencia Tributaria cuando se superen los 6.000 euros. Esta medida afecta a las transferencias realizadas por Bizum. El organismo público podrá investigar a la persona que reciba 10.000 euros o más a través de Bizum por lo que deberá incluirlo en la declaración de la renta. Es importante saber que a Hacienda no le vale la excusa de que desconocemos que eso no se puede hacer, ya que el artículo 6 del código civil deja claro que "la ignorancia de las leyes no es excusa de su cumplimiento".

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